La Comisión Nacional de Defensa de la Competencia (CNDC) intervino la empresa Cablevisión, en la que designó auditores. Según informó la agencia Télam, cuya web dedica hoy buena parte a temas vinculados con los medios, “la resolución de la Comisión de Defensa de la Competencia, emitida el 4 de septiembre y comunicada hoy a la empresa, dispuso establecer una auditoria para monitorear el cumplimiento de varios puntos al que están obligadas las empresas conforme lo dispone la autoridad de competencia Argentina y “articular” en aquellas cuestiones que tengan relación con la decisión del Comfer respecto de la fusión Cablevisión-Multicanal”.

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Cablevisión-Multicanal, empresas que son administradas de manera conjunta y cuya fusión había sido autorizada durante el gobierno del ex presidente Néstor Kirchner, es el principal activo del Grupo Clarín. Para el grupo comandado por Héctor Magnetto, el negocio del cable representa $3417 millones de los $5736 millones que facturó el conglomerado en 2008. En otras palabras, aún antes de la aprobación de la nueva ley de medios -que afectaría seriamente las operaciones de Cablevisión-Multicanal, el Gobierno está castigando a Clarín donde más le duele: el negocio del cable, que representa el 59% de los ingresos totales del grupo.
Volviendo a la resolución de la CNDC, siempre según el cable de la agencia oficial Télam (lo que no es garantía), el “artículo 1 la resolución señala que se establece ‘una auditoria sobre las empresas notificantes, a efectos de verificar el efectivo cumplimiento del compromiso de las empresas’. Asimismo dispone que los auditores tendrán por función “recabar la información -continúa- necesaria a fin de articular aquellos aspectos comprendidos en las medidas dispuestas por el Comfer a través de la resolución 577 con la decisión emitida por la Secretaria de Comercio Interior el 7 de diciembre de 2007 a través de la resolución 637”.
El Comité Federal de Radiodifusión (Comfer) ya había ordenado a Cablevisión abstenerse de alterar “la situación de prestación de los servicios y/o el destino de los bienes afectados a la prestación de los mismos, en todos los servicios cuyas licencias fuesen materia de la fusión por absorción”. El texto de esa resolución está disponible en este blog.

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