No tengo nada en contra de DirecTV, cuyo servicio me parece muy bueno. No quiero que DirecTV reduzca su presencia en el mercado argentino, al contrario. Pero sí creo que las leyes deben aplicarse para todos igual, y si hay defectos en esa regulación, deben corregirse mediante otras leyes. Lo aclaro porque lo que sigue tiene como protagonista a esa empresa.
Posteo aqui la desgrabación literal de la respuesta que me dio presidente de la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual (Afsca), Martín Sabbatella (asistido en un momento por el director general de Afsca, Daniel Arracha), a la única pregunta que pude hacer (éramos muchos periodistas) en la conferencia de prensa del 14 de noviembre de 2012 en la que explicó el proceso de adecuación a la nueva ley de medios. También dejo el video de la conferencia de prensa completa, en la que mi pregunta aparece a partir del minuto 3,05 aproximadamente. Me quedaron en la punta de la lengua otras preguntas sobre las situaciones que luego enumeré en esta columna que me publicó el diario La Nación.
– Ud. mencionó un número de casos aclarando que no era exhaustivos, pero no mencionó algunos otros: DirecTV, por ejemplo, tiene 100% de la televisión satelital, Ud. decía que Cablevisión tiene el 60% del cable, no se si se le aplica el tope del 35%.
Se refirió a varias empresas de televisión por cable que están en más de 24 localidades y por supuesto deberían adecuarse restringiéndose a esa 24 localidades pero no mencionó el caso de Telecentro que con una sola licencia está en más de 30 localidades. Quería saber en esos casos que entiendo hay más de uno en el país, qué va a ser.
Y quería preguntarle algo más, si Afsca ya aprobó la transferencia de las radios de Daniel Hadad a grupo Indalo, que Ud. lo da como un hecho sobreentendido y entiendo que de acuerdo al texto de la ley Afsca es quien tiene que aprobar expresamente esa transferencia.
– Sí, muy breve. DirecTV tiene el límite que dice la ley, 35% no importa que el satélite llegue al 100%. Es una cuestión técnica, el satélite es cierto que cubre las 2200 ciudades y cubre más porque supera las fronteras de nuestro país. ¿Cómo se limita eso que no puede más del 35% del mercado? Por lo tanto, sí por supuesto tiene que cumplir. Lo puse [en la presentación . DirecTV o cualquier empresa satelital tiene dos cuestiones fundamentales, una que no pude tener otra actividad de comunicación audiovisual, y tiene que desprenderse en las señales o del satélite y tiene que resolver eso en su propio plan de adecuación si viene antes del 7, pero tiene ese tema. Y tiene la limitación del 35%, que no llega, del mercado porque llega el satélite pero no los suscriptores
No, pero el corte, el satélite, tiene el límite, vos tenés el 35% el cable de suscriptores o de población y en DirecTV también es el corte del 35%. No puede darle servicio a más del 35%, hoy no le da el servicio a más del 35%, llega tiene… A ver ¿cómo medirías, cómo hacés cumplir la ley? La ley dice que tenés que regular hasta el 35% del satélite.
– Llegado este punto le dije que, tratándose ambos servicios de televisión por suscripción (el párrafo del Art. 45 de la ley de medios que se refiere a este punto no aclara si por vínculo físico o por satélite), debería hacer la misma cuenta: cantidad de abonados como porcentaje del total de abonados, lo que para Sabbatella da 60% para Cablevisión en el cable, y a mi me da casi 100% en el satélite para DirecTV (lo explico mejor al final de este post)
– No, pero, mirá, mirá. Entiendo que vos conocés del tema. Si tenés cable no podés tener más del 35% haya la cantidad de oferentes que haya, en una ciudad vos podés tener, en el país puede haber miles de cable, siempre podés tener el 35% de las suscripciones, porque eso es distinto. En DirecTV vos no podés cortar el satélite al 35% porque el satélite llega a las 2200 ciudades. No puede brindarle el servicio a más del 35%.
– Insistí en que el tipo de cálculo debe ser el mismo.
– No, no es así.
– [Sabbatella le pasó el micrófono a Daniel Arracha, director general de Afsca .
– Ahí hay una cuestión… buenos días a todos y a todas.
– Quisiera que también me responda las otras dos preguntas, dije.
– [Sabbatella toma nuevamente el micrófono Te contesto lo de las extensiones [de licencias de Telecentro , tienen un montó más, también Cablevisión por fuera de esto, u otras también [tienen extensiones Por supuesto también hay que tratarlo. Lo de Hadad está en proceso, está sujeto a la aprobación del directorio. Está en el proceso de adecuación. Ha planteado la transferencia y es parte del proceso de adecuación voluntaria que es parte del 7 de diciembre.
– Vuelve a tomar la palabra Arracha
El tema del cable hay tres tipos de servicios, en el Art. 45, inciso A) del satelital, en el B) de uso de espectro, el C) de cable físico. En la reglamentación es donde tenemos que entender, las dos condiciones para medir el 35% del mercado es la cantidad total de habitantes de la república o la cantidad de abonados a servicio, siendo dos condiciones para tres servicios, evidentemente hay alguno que se duplica o hay alguno que hay que interpretar.
En el caso de TV satelital en el caso de haber un sólo prestador en este momento, la capacidad potencial de cobertura va a ser para todos ellos las 2200 localidades. El corte hay que establecerlo de otra manera, con un criterio que es que no puede dar servicio a más del 35% de los habitantes, ahora cuando uno suscribe no se suscribe la persona sino el hogar donde viven los habitantes, de ahí surge el criterio de habitantes. A cuantos habitantes llegan los abonados del cable físico, sería una cuenta bastante compleja de hacer. Uno puede saber cuántos abonados hay pero no cuántos abonados representan cuántos habitantes. En este caso es la inversa, uno tiene que establecer a cuántos abonados, perdón a cuantos habitantes, puede llegar el servicio de cable y el límite es el 35% y a partir de allí establecer las cuotas de mercado, lo cierto es que hoy el único prestador que hay rondará el 18% a 20% de los hogares donde viven estos habitantes por lo tanto no está cerca del límite previsto en términos de corte, pero se trabaja justamente con ese criterio.
– [Sabbatella vuelve a tomar el micrófono
– Por supuesto que hay una empresa que tiene otros satélites, va haber muchísimas más, si la idea es que pueda ampliarse el mundo de la comunicación audiovisual.
Cablevisión, Supercanal y Telecentro están en un negocio en el que el mercado se mide en cantidad de suscriptores. DirecTV está también en un mercado que se mide por cantidad de suscriptores. Para contabilizar el 35% de tope de mercado hay varias formas. Uno puede meter a todos en la misma bolsa junto con los UHF (como Antina y Telecentro UHF) y decir cuánto tiene cada uno respecto del total (en el que deberían estar todos ellos). Eso sería correcto porque en definitiva aunque la tecnología sea diferente el servicio es similar. Es como la telefonía tradicional y la telefonía IP, el usuario prácticamente no distingue la diferencia técnica en el servicio. Sin embargo, también tiene una desventaja: Cablevisión prácticamente no compite con Supercanal, que a su vez no compite de ninguna forma con Telecentro, todo eso porque no se superponen sus redes y por lo tanto, medir esa posición de mercado en el ámbito nacional no tiene tanto sentido desde el punto de vista del fomento de la competencia.
También se puede medir por separado, la TV por cable, la TV por satélite y la TV por espectro de banda UHF y en cada uno de esos subsectores contabilizar la posición de cada grupo en relación con la cantidad total de suscriptores.
Lo que no se puede es aplicar un criterio distinto para cada caso para afectar a un grupo y beneficiar a otro, que es lo que está ocurriendo. Mientras al cable se le calcula la posición de mercado en relación con el total de abonados, a DirecTV se lo hace sobre el total de habitantes del país.
La disposición de la ley de la que estamos hablamos en este punto está en el artículo 45, y dice «La multiplicidad de licencias —a nivel nacional y para todos los servicios— en ningún caso podrá implicar la posibilidad de prestar servicios a más del treinta y cinco por ciento (35%) del total nacional de habitantes o de abonados a los servicios referidos en este artículo, según corresponda». ¿Por qué corresponde abonados al cable y cantidad de habitantes al satélite? Eso no está en la ley. Eso lo inventaron para que DirecTV (que casi no tiene competencia -salvo InTV-) no aparezca como lo que realmente es si se considera a la TV satelital como una categoría en sí misma: un monopolio. Afsca podría terminar rápidamente con ese monopolio si resolviera el pedido de licencia de la chilena Tu Ves HD, que tiene un pedido presentado. Y si Argentina no tuviera una legislación absurda en materia de medios y de telecomunicaciones, también podrían competir en TV satelital las telefónicas, como ustedes bien saben. O las cooperativas, si a Fecosur se le permitiera comprar y comercializar el servicio marca blanca de algunas de las telefónicas.
Lo cierto es que no hay respuesta para este tema. Y tampoco para explicar por qué Telecentro (que a mi me prestó muy buenos servicios siempre cuando viví en su área de cobertura y pude probarlo como cliente) funciona en tantas localidades con una sola licencia mientras a Cablevisión se le pide una por localidad y hasta 24 localidades como tope. Y tampoco sobre dónde está Raúl Moneta -que compró las licencias de la empresa mexicana CIE en 2010-. Y tampoco sobre por qué no se dice que Telefónica no puede seguir siendo dueña de Telefe porque tiene más del 10% de una empresa que presta servicio público (Art. 25, Inc. d). Y tampoco, y tampoco. Tan poco.
Hacé tu comentario