Los juicios paralelos son aquellos en los que las personas y las marcas participan activamente ante el tribunal de la opinión pública, a través de mensajes permanentes en los mass media y social media, al mismo tiempo que las autoridades de los tribunales jurisdiccionales llevan el caso de manera oficial.

Actualmente, la figura de los juicios paralelos es una preocupación de la judicatura internacional por la forma en que se presenta la noticia judicial, que busca, desde la emoción, influir en las decisiones judiciales en favor de determinados intereses políticos, económicos, sociales, ideológicos, etc.

Al respecto, el jurista argentino Eugenio Raul Zafaronni, sostiene que en esos procesos yace una criminología mediática totalmente ajena a la realidad jurídica, mientras que el jurista alemán, Claus Roxín, señala que los medios son indispensables porque garantizan el principio de publicidad de los juicios penales, pero, a la vez, se tornan peligrosos porque la presión mediática influye en el juez para inculpar a un inocente, absolver a un culpable o imponer una mayor o menor pena.

Los detractores de los juicios paralelos señalan que estos son peligrosos porque atentan contra la independencia del juez, la presunción de inocencia, la graduación de la pena, el derecho al honor, a la imagen, y a la libertad. En la otra vereda están, también con justa razón, los que defienden los derechos constitucionales del ciudadano de acceso a la información pública y el derecho a la libertad de expresión, que ha devenido históricamente en la base de todo sistema democrático.

La ebullición digital le está ganando batallas al derecho, ya que aún no se encuentra una fórmula legal que contrarreste a los juicios paralelos, y garantice, a la vez, el debido proceso, dejando a salvo la libertad de expresión de ciudadanos y de los medios de comunicación, que ejercen el control de la cosa pública.

Los intentos de frenar los juicios paralelos, que muchas veces devienen en linchamientos mediáticos, se diluyen cada vez más por el auge de Internet y la complejidad de su ecosistema digital, que ha roto con el monopolio de construcción de opinión pública que tenían los medios masivos de comunicación, dándole poder al ciudadano de a pie para crear su propio discurso en su condición de prosumidor.

Por consiguiente, hoy toda persona natural, o persona jurídica, como empresas (micro, pequeñas, medianas o grandes), las propias instituciones públicas, y las asociaciones civiles sin fines de lucro, tienen el don de la ubicuidad, y pueden, desde cualquier lugar, ser parte de los juicios paralelos para defender sus intereses ante el tribunal de la opinión pública, el cual puede ser más letal que una resolución judicial, por cuanto arruinaría a la marca en su imagen y reputación.

Así lo entienden ya los propios operadores de justicia del Poder Judicial, el Ministerio Público, el Tribunal Constitucional, las procuradurías públicas, y del fuero policial militar, que, por recomendación de sus especialistas en Relaciones Públicas y Comunicación Corporativa, se expresan ante la opinión pública, a través de sus magistrados y funcionarios, para aclarar los alcances de sus resoluciones técnicas, y hacerle frente a abogados, testigos, peritos, a los propios medios de comunicación y a los usuarios de redes sociales, quienes viralizan negativamente sus mensajes.

En consecuencia, aprovechando la vorágine de las tecnologías de la información y de la comunicación, que dotan a los mensajes de las bondades de la hipertextualidad, la multimedialidad y la interactividad, las organizaciones públicas o privadas han creado sus medios de comunicación como mecanismos de defensa para influir en la opinión pública con sus propios mensajes, y contrarrestar, de alguna manera, a las fake news que pululan en los social media.

De esta manera, el ecosistema digital le permite a relacionistas públicos y comunicadores corporativos, realizar una defensa mediática del producto, de la marca, del líder, o de la organización pública o privada, con apego a la ley, la moral y las buenas costumbres.

En el fragor de los juicios paralelos, en que se ven involucradas las marcas, las Relaciones Públicas pueden aportar con una serie de herramientas off line y on line, en defensa de la organización, frente al tribunal de la opinión pública, actuando con ética, colocando adecuadamente el mensaje objetivo, garantizando el principio de la presunción de inocencia, y la independencia de los poderes públicos, respetando las exigencias de reserva de determinadas fases del proceso judicial, evitando la calumnia, la injuria y la difamación.

Paralelamente a los juicios en los tribunales de justicia, se ve a abogados y comunicadores no sólo recurriendo a las tradicionales presentaciones en televisión, conferencias de prensa y comunicados para influenciar en la opinión pública, sino que usan técnicas de relacionamiento, y de convocatorias públicas, para empoderar a públicos y grupos de interés a fin de que ejerzan presión, antes, durante y después de los procesos judiciales.

La última evidencia sobre el tema materia del presente artículo, es el caso George Floyd, cuyo abogado afroamericano, Ben Crump, recurrió recientemente al activismo social y a la función de relacionamiento permanente con los medios, para posicionar el caso emblemático con ética y retórica persuasiva. Como consecuencia, la firma del abogado, y la familia de Floyd, ganaron en tres frentes: en el tribunal de la opinión pública, en el penal con una sentencia condenatoria al autor del crimen, y en lo civil, en una conciliación extrajudicial con las autoridades de la ciudad de Minneapolis, quienes indemnizaron a los deudos de la víctima con la suma de 27 millones de dólares; reparación civil que no tiene precedentes en la historia de los Estados Unidos, en cuanto a la comisión de crímenes raciales.

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El autor es doctor y magíster en Relaciones Públicas y licenciado en Ciencias de la Comunicación. Es abogado y periodista. Se desempeñó como decano del Colegio Profesional de Relacionistas Públicos del Perú, y fue secretario de la Asociación Latinoamericana de Carreras Universitarias de Relaciones Públicas (Alacaurp).

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