Mediante la resolución 3/2026, firmada el 16 de enero y publicada en el Boletín Oficial el 19 de enero, el Ente Nacional de Comunicaciones (Enacom) aprobó el Régimen de Facilidades de Pago destinado a la regularización de deudas correspondientes a la Tasa de Control, Fiscalización y Verificación; Derechos Radioeléctricos, Aportes al Fondo de Servicio Universal y multas por sanciones por parte de licenciatarios y autorizados de servicios TIC (operadores de telecomunicaciones). El régimen comprende dichos conceptos adeudados hasta el 31 de diciembre de 2025 e incluye los intereses y demás accesorios adeudados (siempre que el capital haya sido abonado).
La medida, que lleva la firma del interventor Juan Martín Ozores, prevé tres modalidades de cancelación: 1) un pago único al contado, que permite acceder a un 60% de quita sobre los intereses y reducción total de multas diarias; 2) pago en doce cuotas, con pago inicial equivalente al 10% de la deuda consolidada y saldo financiado en 11 cuotas mensuales, iguales y consecutivas, que permite una reducción del 35% sobre los intereses y reducción total de multas diarias; y 3) pago en 24 cuotas para deudas que no superen los 20 millones de pesos, con pago inicial del 10% de la deuda total y el saldo financiado en 23 cuotas, que permite acceder a una quita del 35% sobre intereses y reducción total de multas.
En los considerandos, la resolución cita dos antecedentes remotos -con más de 25 años de antiguedad-, las Resoluciones CNC N° 1021/01 y N° 1143/02, que en su momento aprobaron Regímenes de facilidades de pago aplicables a este tipo de deudas, y sobre esa base se sostiene que «la implementación de regímenes de facilidades de pago reglados y temporales constituye una herramienta legítima de gestión pública, orientada a maximizar el cobro del capital adeudado».
La moratoria prevista en esta resolución no alcanza a las deudas por el gravamen de radiodifusión, previsto en la ley de medios (no en la de telecomunicaciones), y cuya recaudación también está a cargo del Enacom. En este tema, los antecedentes sí son extensos, remotos y recientes.
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