La Cámara Argentina de Productores de Fonogramas y Videogramas (Capif), que agrupa a las empresas productoras de música grabada, informó a sus representados sobre las novedades impuestas por el nuevo marco legal vigente, que pone el foco en la voluntariedad de la representación colectiva.

Hasta hace poco, Capif actuaba con la representación legal automática de los productores fonográficos nacionales y extranjeros para la gestión colectiva de derechos de autor. Sin embargo, bajo la nueva normativa -producto de una serie de decretos dictados por el Poder Ejecutivo destinados a modernizar el sistema- cada productor debe otorgar un mandato expreso para que una sociedad autorizada pueda representarlo para el cobro y la administración de sus derechos.

Este requisito, que vence el 28 de febrero, marca un punto de inflexión en la gestión de derechos conexos en el país: sin mandato no puede haber representación, lo que obliga a los productores fonográficos a decidir explícitamente si desean continuar con la gestión colectiva a través de Capif u optar por una gestión individual o por otra entidad autorizada.

Para acompañar este cambio, Capif lanzó una versión actualizada de su sistema de gestión, el GIT, que incorpora funcionalidades y herramientas adaptadas al nuevo escenario. Dicho sistema incluye el Mandato de representación, documento clave para que quienes lo deseen puedan formalizar la continuidad de su representación en Argentina y en los territorios con los que la entidad mantiene acuerdos de reciprocidad internacional.

Desde Capif destacaron que esta etapa requiere «flexibilidad, transparencia y modernización tecnológica» para responder tanto a las demandas de los titulares de derechos como a la complejidad del ecosistema digital, donde la música se consume a través de múltiples plataformas y dispositivos.

La decisión de cada productor fonográfico -de permanecer bajo gestión colectiva o de administrar sus propios derechos- marcará en gran medida la forma en que la industria musical argentina se adapte a estos tiempos de transformación.

El gobierno del presidente Javier Milei reformó el sistema de gestión colectiva de derechos de autor y conexos el 26 de febrero de 2025 con la publicación del decreto 138. Esta norma fijó la libre elección (asocación a una o más sociedades), introdujo gestión individual (gestión personal de los derechos) y eliminó la exclusividad de entidades para representar derechos. Además, estableció los requisitos para las sociedades, límites y transparencia y las autoridades de aplicación (la Dirección Nacional de Derechos de Autor y el Ministerio de Justicia).

El decreto 143, también de 2025, aplicó a AADI-CAPIF -autores, intérpretes, prodcutores audiovisuales, directores y de fonogramas-, DAC y SAGAI los lineamientos del 138/25. En concreto, eliminó la representación exclusiva para esas entidades y alentó la competencia entre entidades, hasta ahora monopólicas cada una en su rubro.

Finalmente, el decreto 150, del 5 de marzo de 2025, actualizó el régimen de gestión colectiva de derechos económicos de autores y compositores musicales y derogó el monopolio de Sadaic, que impugnó dicha norma en sede administrativa y también promovió una acción judicial para intentar suspender su aplicación. El Poder Ejecutivo rechazó el planteo administrativo y, en el ámbito judicial, un juzgado federal denegó la medida cautelar solicitada, por lo que la norma continúa vigente mientras se sustancia la causa principal.

La reforma del sistema de gestión de derechos de autor impulsada por el gobierno libertario ya había sido incluida en la primera versión de la ley Bases, que no logró la aprobación del Congreso.

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