Entre las casi 70 leyes que pretende derogar el proyecto de ley de Hojarasca enviado por el gobierno del presidente Javier Milei al Congreso hay unas 15 leyes de medios, cine, televisión, teatro y cultura, algunas de ellas de gran repercusión al momento de su sanción.

La más destacada de las normas a derogar tal vez sea la ley N° 25.750 de Preservación de Bienes y Patrimonios Culturales, sancionada en 2003 durante el mandato del presidente interino Eduardo Duhalde.

Según los fundamentos del proyecto Hojarasca, redactado por el ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger, «esta ley restringe el derecho de ejercer industria en algunas actividades particulares. Establece que la propiedad de los medios de comunicación deberá ser de empresas nacionales, limitándose la participación de empresas extranjeras hasta un máximo del 30% del capital accionario y que otorgue derecho a voto hasta por el mismo porcentaje del 30%.

Debido a esa restricción, en su momento, la norma fue bautizada por el columnista Horacio Verbitsky (entonces en Página 12) y el periodista Julio Ramos (fundador y director del diario Ámbito Financiero) como «ley Clarín» porque señalaban a esa empresa como la principal beneficiaria del límite del 30% dado el alto endeudamiento que esa firma tenía en el contexto de la grave crisis económica desatada tras el golpe contra el presidente Fernando de la Rúa, que renunció en diciembre de 2001. Sin embargo, aquella ley no afectaba los derechos adquiridos por las empresas extranjeras que eran titulares de medios al momento de la sanción, como Telefónica de España que desde 1998 era propietaria de Telefe.

Para la administración Milei, «esta norma es de dudosa constitucionalidad e implica una restricción a la inversión extranjera». Los considerandos recuerdan el artículo 20 de la Constitución Nacional que prevé que los extranjeros gozan en el territorio nacional de todos los derechos civiles del ciudadano: ejercer su industria, comercio y profesión; poseer bienes raíces, comprarlos y enajenarlos. «En un proceso de integración al mundo y donde se busca fomentar la inversión extranjera a los fines de promover el empleo, dicha norma debe ser derogada», sostiene el proyecto.

En 1973, la ley 20.577 consideró de interés nacional toda innovación que pueda efectuarse en materia de sistemas de transmisión de imágenes televisivas y obligó a que dichas innovaciones fuesen aprobadas previamente por el Congreso Nacional. La norma nunca fue aplicada y fue derogada de hecho por el paso del tiempo y el avance tecnológico. En 1978, la ley 21.895 autorizó las emisiones de TV en color en el contexto de la organización del mundial de fútbol. El proyecto subraya que según la Constitución Nacional, Art. 19, todo lo que no está prohibido, está permitido.

En 1969, la ley 18.312 creó el Fondo para el Desarrollo de la Producción de Papel Prensa y de Celulosa, una norma con la que la dictadura de Juan Carlos Onganía «buscó restringir la libertad de expresión», según el proyecto. «Así, el Estado podía terciar en el contenido periodístico porque tenía la capacidad de influenciar en un insumo sin el cual el diario no podía circular», se detalló. Esta política de Onganía es el antecedente remoto de la fábrica Papel Prensa, fundada en 1971 y en 1976 transferida a los diarios Clarín, La Nación y La Razón en sociedad con el Estado Nacional. La cuestión del papel para diarios también volvió a la agenda pública en 2011 cuando el gobierno de Cristina Kirchner impulsó una persecución judicial contra los directivos de los diarios involucrándolos en causas de lesa humanidad y la mayoría peronista en el Congreso aprobó la ley 26.736 de declaración de interés público la producción de pasta de celulosa para diario. Esta última ley fue derogada por el DNU 70/23.

En 1959, la ley 14.800 obligó a quien demoliera una propiedad con salas de teatro a construir un teatro con características similares a la propiedad demolida. Según el proyecto, el objetivo era claro: que la ciudad no perdiera lugares de oferta cultural. Sin embargo, profundiza en que las ciudades son cuerpos dinámicos que obliga a cambiar locaciones o incluso el diseño arquitectónico de la prestación cultural. En ese sentido, el dueño de un teatro que quiere adecuarse al mercado encontrará el valor de su inmueble disminuido por la ley, impidiéndole justamente obtener recursos para adecuar su oferta. Por eso, esta ley reduce los valores de los inmuebles usados para la actividad teatral y los incentivos a la instalación de nuevos teatros.

También en el ámbito del teatro, en 1975, la ley 21.145 otorgó un privilegio a los artistas de compañías teatrales para viajar y alojarse a un precio reducido en los servicios que presten empresas estatales. La reducción de la oferta estatal en transporte y alojamiento ha hecho este subsidio virtualmente inexistente.

En 1971, la ley 19.363 creó sorteos entre los compradores de boletos de cine, cuyos recursos salen del impuesto específico que financia al Instituto Nacional de Cine y Artes Audiovisuales (Incaa). Actualmente, menos del 0,1 por ciento (cero como uno) de los espectadores de cine participa de este sorteo, cuyos costos de organización son mayores que al premio que se sortea.

En 1972, la ley 19.787 de la dictadura de Alejandro Lanusse declaró de interés nacional la difusión de «música argentina». Esa norma generó una clasificación de lo que se considera «música argentina» que no incluyó a toda la música generada por autores y compositores argentinos sino un listado de tipos de música que considera que sí son argentinos y a los que les otorga beneficios impositivos. «Es una ley con motivaciones de control sobre la cultura por parte de un gobierno militar; busca influir sobre lo que los ciudadanos consumen y dirigir la música en una dirección determinada», sostiene el proyecto.

En 1975 la ley 20.983 dispuso que las emisoras de radio y TV dependientes de la entonces Secretaría de Medios de Comunicación quedaban obligados a destinar espacios diarios de una hora como mínimo para desarrollar temas de interés turístico nacional.

En 1973, la ley 20.327 estableció Ediciones Culturales Argentinas como un organismo de carácter descentralizado dependiente del área de Cultura. Este organismo produjo algunas publicaciones durante la dictadura del autodenominado Proceso de Reorganización Nacional y luego quedó inactiva. «La diversidad de editoriales que existen garantiza la pluralidad de ideas y hace innecesario que el Estado lleve adelante una editorial, que será inevitablemente una herramienta de propaganda del gobierno para establecer la ‘cultura’ que se adapta a su ideología», indica el proyecto.

La ley Hojarasca prevé la derogación de varias normas que implantaron el uso de la tecnología de microfilmación de documentación en varias dependencias del Estado (práctica que tuvo su auge en la década de los 70 y los 80). En esa lista están las leyes 18.569 y 20.114 de microfilmación en el Ejército y la Armada, y 23.756 que autoriza a todo el Estado a adoptar dicha tecnología.

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