El Ente Nacional de Comunicaciones (Enacom) aprobó un nuevo marco regulatorio para la homologación y autorización de equipos de telecomunicaciones que se comercialicen o utilicen en la Argentina. La medida quedó formalizada mediante la Resolución 57/2026, publicada el 24 de febrero en el Boletín Oficial.

La norma reemplaza y actualiza un conjunto de resoluciones dictadas entre fines de los años 70 y los 90, con el objetivo de adecuar el sistema a la masificación de dispositivos, la convergencia tecnológica y el crecimiento del comercio electrónico.

Nuevo esquema con certificación de tercera parte

El eje de la reforma es la incorporación de Agencias de Certificación como entidades de tercera parte, encargadas de emitir los Certificados de Conformidad necesarios para la homologación de los equipos.

Estas agencias deberán estar acreditadas y registradas ante el Enacom. Sobre la base de ensayos de laboratorio y documentación técnica, emitirán el certificado que luego permitirá al organismo otorgar la homologación correspondiente.

Para los equipos destinados al público en general (Clase A), la certificación incluirá además un esquema de vigilancia de mercado cada dos años, con toma de muestras y verificaciones técnicas sobre productos efectivamente comercializados.

El Enacom evaluará la documentación presentada y, si se cumplen los requisitos, otorgará la homologación de forma inmediata.

RAMATEL, registros y familias de productos

La resolución aprueba tres reglamentos: el del Registro de Actividades y Materiales de Telecomunicaciones (RAMATEL), el del Registro de Agencias de Certificación y el del Registro de Laboratorios de Ensayos.

El RAMATEL mantiene dos grandes áreas:

  • Registro de Actividades (representantes locales, fabricantes e importadores).
  • Registro de Materiales, que distingue entre homologación (para comercialización) y autorización (para uso propio).

Los equipos se clasifican en:

  • Clase A: destinados al público en general.
  • Clase B: de uso profesional.

El nuevo esquema permite homologar no sólo modelos individuales sino también “familias de productos”, cuando compartan marca, fabricante, tecnología, funcionalidad y características técnicas esenciales. Esto reduce la necesidad de tramitar registros separados para variantes técnicas similares.

Venta online, transición y vigencia

La resolución establece que solo podrán comercializarse en el país equipos inscriptos en el RAMATEL. “Comercializar” incluye vender, locar, arrendar, distribuir u ofrecer por cualquier medio.

En el caso de ventas a través de portales web, será obligatorio consignar en la publicación el número de inscripción RAMATEL otorgado por el Enacom. La obligación alcanza tanto a vendedores directos como a plataformas que actúen como intermediarias.

Las inscripciones vigentes en el Registro de Materiales mantendrán su validez por tres años desde la publicación de la resolución, plazo en el que deberán adecuarse al nuevo reglamento. Los laboratorios reconocidos tendrán dos años para adaptarse.

El reglamento del RAMATEL entrará en vigencia el 1 de septiembre de 2026, mientras que la resolución rige desde el día siguiente a su publicación.

Con este rediseño, el Enacom traslada parte del proceso técnico a certificadoras acreditadas, establece controles posteriores a la puesta en el mercado y unifica criterios bajo un régimen actualizado. Según los fundamentos de la norma, la simplificación administrativa y la estandarización del procedimiento buscan fortalecer la competitividad del sector y facilitar la incorporación de nuevos dispositivos al mercado argentino.

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